El plazo corre desde que recibe el informe del liquidador: tiene solo 10 días hábiles para impugnarlo (D.S. 1055). Si el temporal dañó su propiedad y la liquidación no refleja el daño real, actúe ahora.

Su seguro debe responder: no acepte una liquidación insuficiente

Tras el temporal de julio de 2026 —vientos de más de 170 km/h, cientos de miles de hogares sin luz y miles de damnificados entre el Biobío y Los Lagos— las compañías de seguros están liquidando una avalancha de siniestros. En ese escenario, es frecuente recibir rechazos infundados o indemnizaciones muy por debajo del daño real: exclusiones interpretadas a conveniencia, partidas omitidas, supuesta "falta de mantención" o daños "preexistentes".

La ley protege al asegurado: el informe del liquidador se puede impugnar con observaciones fundadas, la compañía debe responder en plazos reglados, y quedan las vías de la CMF, la mediación, el arbitraje y la justicia. En Osiadacz Abogados revisamos su póliza y su liquidación, levantamos la evidencia técnica y peleamos su indemnización completa.

Cómo le ayudamos

  • Revisión de la póliza y del informe de liquidación: qué cubre realmente y qué se omitió o subvaloró.
  • Impugnación fundada dentro de los 10 días hábiles, con presupuestos e informes técnicos de respaldo.
  • Documentación del daño completo: estructura, contenido, gastos de emergencia y perjuicio por paralización si su póliza lo cubre.
  • Reclamo ante la CMF y acciones judiciales o arbitrales si la compañía persiste en el rechazo.
  • Negociación con la compañía, el liquidador y el corredor durante todo el proceso.

¿Dónde está su propiedad?

Atendemos en todo Chile, con foco en las zonas golpeadas por el temporal.

¿Otra comuna? También le ayudamos: cuéntenos su caso.

Resolvemos sus Dudas

El liquidador emitió un informe que no me favorece, ¿qué puedo hacer?
Impugnarlo, y rápido: tiene solo 10 días hábiles desde que recibe el informe de liquidación para presentar sus observaciones fundadas (DS 1055). El liquidador debe responder en 6 días hábiles y la compañía notificar su resolución final en 5. Una impugnación técnica y bien documentada puede cambiar completamente el resultado.
¿La compañía puede rechazar el siniestro alegando exclusiones o falta de mantención?
Puede intentarlo, pero las exclusiones se interpretan restrictivamente y la carga de acreditarlas recae en la aseguradora. Muchos rechazos por 'falta de mantención', 'daño preexistente' o 'evento no cubierto' son objetables con evidencia: fotos, informes técnicos, boletas de reparaciones y la propia póliza.
¿Qué pasa si la aseguradora mantiene el rechazo tras la impugnación?
Quedan caminos: un reclamo ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), la mediación o demanda ante la justicia, y el arbitraje previsto en la póliza. Las acciones del contrato de seguro prescriben en 4 años, pero mientras antes actúe, mejor se conserva la prueba.
¿Qué documentos debo reunir para reclamar?
La póliza completa con sus condiciones, la denuncia del siniestro, el informe del liquidador, fotografías y videos de los daños, presupuestos o facturas de reparación, y toda la correspondencia con la compañía, el corredor y el ajustador. Con eso preparamos observaciones sólidas.
¿Atienden casos del temporal de julio de 2026 en el sur?
Sí. Tras el temporal que azotó a La Araucanía, Biobío, Los Ríos y Los Lagos con vientos de más de 170 km/h, estamos apoyando a propietarios, complejos turísticos y empresas cuyas compañías rechazan o reducen las indemnizaciones. Los plazos de impugnación corren: no espere para revisar su liquidación.

No Firme Nada sin Revisar su Liquidación

Evaluamos su caso sin costo: revisamos la póliza y el informe del liquidador, y le decimos qué se puede reclamar.