¿Qué es la posesión efectiva?

La posesión efectiva es el trámite que reconoce legalmente a los herederos de una persona fallecida y les permite disponer de los bienes de la herencia: inscribir la casa o el terreno a nombre de los herederos, cobrar fondos y pensiones, transferir vehículos o vender propiedades. Mientras no se tramite, los bienes del causante quedan jurídicamente paralizados.

¿Dónde se tramita?

Si la herencia es intestada (sin testamento), se tramita ante el Servicio de Registro Civil e Identificación conforme a la Ley 19.903. Si el causante dejó testamento, la posesión efectiva debe solicitarse ante el tribunal civil de su último domicilio, con patrocinio de abogado. En ambos casos preparamos el inventario valorado, calculamos el impuesto a la herencia y gestionamos las inscripciones finales.

Casos frecuentes que resolvemos

  • Herencias con propiedades sin inscribir o con títulos sin sanear, combinando posesión efectiva y D.L. 2695.
  • Herencias con varios herederos que desean vender, partir o asignarse los bienes.
  • Cesión de derechos hereditarios entre herederos o a terceros.
  • Posesiones efectivas de chilenos fallecidos en el extranjero o con herederos fuera de Chile.
  • Herencias antiguas nunca tramitadas, con varias generaciones de herederos (posesiones efectivas encadenadas).

Documentos necesarios

  • Certificado de defunción del causante.
  • Certificados de matrimonio y nacimiento que acrediten el parentesco.
  • Antecedentes de los bienes: inscripciones de propiedades, padrones de vehículos, cuentas y fondos.
  • Testamento, si existe.

Cómo Tramitamos su Herencia

1

Antecedentes

Reunimos certificados y construimos el árbol de herederos.

2

Inventario

Valorizamos los bienes y calculamos el impuesto a la herencia.

3

Tramitación

Registro Civil (intestada) o tribunal civil (testada), hasta la resolución.

4

Inscripciones

Inscribimos las propiedades heredadas en el Conservador de Bienes Raíces.

Resolvemos sus Dudas

¿Qué es la posesión efectiva y para qué sirve?
Es el trámite que reconoce legalmente a los herederos de una persona fallecida y les permite disponer de los bienes de la herencia: inscribir propiedades, cobrar fondos, transferir vehículos o vender. Sin posesión efectiva, los bienes del causante quedan jurídicamente inmovilizados.
¿Dónde se tramita la posesión efectiva?
Si la herencia es intestada (sin testamento), se tramita ante el Servicio de Registro Civil e Identificación. Si existe testamento, debe tramitarse ante el tribunal civil correspondiente al último domicilio del causante, con patrocinio de abogado.
¿Qué documentos se necesitan para la posesión efectiva?
Certificado de defunción, certificados que acrediten el parentesco (matrimonio, nacimiento), inventario valorado de los bienes (propiedades, vehículos, cuentas, acciones) y, si existe, el testamento. Preparamos el inventario y gestionamos los certificados por usted.
¿Qué pasa con el terreno heredado que nunca se inscribió?
Es una situación muy frecuente: el causante poseía un terreno sin título inscrito. En esos casos combinamos la posesión efectiva con el saneamiento del D.L. 2695 o las inscripciones especiales de herencia, según corresponda, para que los herederos queden con su dominio regularizado.
¿La herencia paga impuesto en Chile?
Las asignaciones hereditarias están afectas al impuesto de la Ley 16.271, con exenciones y recargos según el monto y el parentesco. El cónyuge y los hijos gozan de exenciones relevantes. Calculamos el impuesto y presentamos la declaración como parte del trámite.

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