Plazo legal vigente: la Ley 21.725 extendió la Ley del Mono hasta el 31 de diciembre de 2027. Las construcciones deben haberse ejecutado antes del 4 de febrero de 2016. No espere al vencimiento: el trámite municipal toma meses.

¿Qué es la Ley del Mono?

La Ley del Mono (Ley N° 20.898) es un procedimiento simplificado que permite regularizar viviendas, ampliaciones y construcciones ejecutadas sin permiso de edificación ni recepción municipal ante la Dirección de Obras Municipales (DOM). Es la vía más rápida y económica para que lo construido quede legalmente reconocido: piezas agregadas, segundos pisos, quinchos cerrados, logias, ampliaciones de cocina o dormitorios.

¿Por qué regularizar ahora?

Una construcción sin recepción municipal no existe legalmente: el inmueble se tasa por debajo de su valor real, los bancos no financian la compraventa, los seguros no cubren lo no recepcionado y la municipalidad puede cursar multas. Al vender, el comprador y su banco exigirán la regularización; hacerlo con tiempo evita perder el negocio.

Requisitos para acogerse a la Ley del Mono

  • La construcción o ampliación debe haberse ejecutado antes del 4 de febrero de 2016.
  • Superficie edificada total de la vivienda no superior a 140 m².
  • Avalúo fiscal de la vivienda no superior a 2.000 UF (también aplica a microempresas inofensivas y equipamiento social).
  • El inmueble no debe estar emplazado en áreas de riesgo ni afectado por declaratoria de utilidad pública.
  • No tener reclamaciones pendientes ante la DOM o el Juzgado de Policía Local por la construcción.

Documentos necesarios

  • Formulario único de regularización ante la DOM.
  • Plano de emplazamiento y arquitectura firmado por arquitecto u otro profesional competente.
  • Especificaciones técnicas resumidas de la construcción.
  • Certificado de avalúo fiscal y certificado de informaciones previas.

Nuestro estudio coordina al arquitecto, prepara la carpeta completa, ingresa la solicitud y responde las observaciones de la DOM hasta obtener la recepción definitiva.

Cómo Regularizamos su Construcción

1

Evaluación

Verificamos que su construcción cumpla los requisitos de la Ley 20.898.

2

Levantamiento

Arquitecto elabora planos y especificaciones técnicas de lo construido.

3

Ingreso a la DOM

Presentamos la carpeta y gestionamos las observaciones municipales.

4

Recepción Definitiva

Su vivienda queda regularizada y con todos sus metros reconocidos.

Resolvemos sus Dudas

¿Hasta cuándo puedo acogerme a la Ley del Mono?
La Ley 21.725 extendió el plazo para presentar solicitudes de regularización hasta el 31 de diciembre de 2027. La construcción o ampliación debe haberse ejecutado antes del 4 de febrero de 2016, fecha de entrada en vigencia de la Ley 20.898.
¿Qué construcciones pueden regularizarse con la Ley del Mono?
Viviendas y sus ampliaciones cuya superficie edificada no supere los 140 m² y cuyo avalúo no exceda las 2.000 UF, además de microempresas inofensivas y equipamiento social. El inmueble no debe estar emplazado en áreas de riesgo ni afectado por declaratoria de utilidad pública.
¿Qué pasa si no regularizo mi ampliación?
Una construcción sin recepción municipal no puede venderse en su valor real, impide obtener créditos hipotecarios sobre la propiedad, genera riesgo de multas e incluso de demolición, y deja a la vivienda fuera de seguros y subsidios. Además, al vender, el comprador exigirá la regularización.
¿Qué documentos necesito para acogerme a la Ley del Mono?
Se requiere un formulario de solicitud ante la Dirección de Obras Municipales, un plano o croquis de emplazamiento y arquitectura firmado por un profesional competente, especificaciones técnicas resumidas y el certificado de avalúo fiscal. Coordinamos al arquitecto y preparamos toda la carpeta.
¿La Ley del Mono sirve para obtener el título de dominio del terreno?
No. La Ley del Mono regulariza construcciones (lo edificado), no la propiedad del suelo. Si su problema es la falta de escritura o título inscrito del terreno, el trámite correcto es el saneamiento de título de dominio por el D.L. 2695.

El Plazo Vence el 31 de Diciembre de 2027

Evaluamos gratis si su construcción puede acogerse a la Ley del Mono y le cotizamos el trámite completo.